Presentation

El Consejo Social es el órgano colegiado universitario de participación de la sociedad en la universidad, cuyo fin es conseguir la mayor calidad de sus enseñanzas, potenciar su capacidad investigadora e impulsar el progreso social, económico y cultural de la sociedad en la que se inserta.
La Comunidad Valenciana regula por la Ley 7/2024, de 30 de diciembre, de la Generalitat, de modificación de la Ley 2/2003 de 28 de enero, de la Generalitat, de Consejos Sociales de las Universidades Públicas Valencianas la composición y funciones del Consejo Social y la designación de sus miembros de entre personalidades de la vida cultural, profesional, económica, laboral y social, que no podrán ser miembros de la propia comunidad universitaria.
Serán, no obstante, miembros del Consejo Social, el Rector, el Secretario General y el Gerente, así como un representante del personal docente e investigador, uno del consejo de estudiantes y uno del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, elegidos por el Consejo de Gobierno de entre sus miembros.
El Presidente del Consejo Social e designado por las Corts a propuesta del Presidente de la Generalitat, oído el Rector de la Universidad.
Las relaciones entre el Consejo Social y los demás órganos colegiados o unipersonales de la Universidad se regirán por los principios de coordinación, colaboración y lealtad a la institución universitaria.